El VEP es el volante de pago electrónico, único elemento que permite indicar la imputación de la obligación que se cancela, mediante la operatoria de pagos por internet.
Funcionalmente, el VEP es la expresión virtual de los formularios 799, 801 y 105 manuales.
Sujetos obligados a realizar el pago de las obligaciones tributarias por medio del VEP?
La Resolución General AFIP 1.778/2004 dispone que estarán obligados a la cancelación de sus obligaciones a través de la modalidad de pago por transferencia electrónica de fondos, los contribuyentes y responsables que:
- Se encuentren en jurisdicción de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales (Agencias 19 y 20).
- Hayan sido incorporados oportunamente al Sistema de Control Especial dispuesto por la RG 3423/91.
- Sean incorporados al universo de sujetos obligados a utilizar el servicio "Sistema de Cuentas Tributarias" mediante notificación de acuerdo a lo establecido en el Artículo 100 de la Ley 11.683.
Generación del VEP?
El VEP se puede generar accediendo al sistema con clave fiscal a través de la página de la AFIP.
1- Ingresar al servicio "Presentación de DDJJ y Pagos".
2- Seleccionar "Nuevo VEP", dentro del ítem "Pagos".
3- Luego deberá:
a) Seleccionar e ingresar los datos requeridos inherentes al pago y efectuar la confirmación de los mismos.
b) Seleccionar la entidad de pago.
Envío del VEP al banco
Al finalizar la carga y confirmación de datos durante la generación del VEP, se deberá indicar la entidad de pago en la cual se va a cancelar la obligación. De esta forma el VEP queda enviado para que esté disponible en el Banco.
Comprobante de pago
Los bancos, finalizado el pago por internet, emiten un tique con datos reducidos de la obligación cancelada. Además, una vez pagado, el VEP puede ser consultado en la página de la AFIP donde figura en estado de PAGADO, el cual puede ser impreso y es válido como comprobante de pago.
Trámites en el Banco
No se deberá realizar trámite alguno. Según la red en la que opere el Banco (Link o Banelco) se utilizará la Entidad de Pago correspondiente. En el caso de Interbanking se debe adherir al servicio en http://www.interbanking.com.ar/
Costo del servicio
La modalidad de pago no tiene costo alguno para los contribuyentes por utilizar los servicios de las Entidades de Pago (Link, Banelco, Interbanking
Titular de una cuenta para poder pagar con VEP
Operativamente no es necesario. Cualquier titular de una cuenta puede ordenar el pago de un VEP que cancela obligaciones de otro contribuyente. Si el VEP no lo genera el titular de la cuenta, para pagarlo debe conocer el CUIT de quien lo generó a fin de localizarlo en la Entidad de Pago. La operatoria de empresas en Interbanking, Red Link y Banelco funciona con un esquema de autorizaciones que se efectúa ante dichas Entidades de Pago.
Imposibilidad de utilizar cuentas bancarias
Se podrá cancelar las obligaciones -con carácter de excepción- mediante el empleo de dinero en efectivo en las instituciones bancarias habilitadas a tal efecto, cuando:
a) Se demuestre que se encuentra imposibilitado de operar con cuentas corrientes bancarias, por hallarse en estado de quiebra o concurso civil, afectado por inhibiciones judiciales, cierre de las mismas por disposición del Banco Central de la República Argentina, u otras causas de similares características reguladas por autoridad competente. A tal fin, se deberá concurrir a la dependencia en la que se halle inscripto, a efectos de exhibir la documentación probatoria de la situación invocada. La excepción tendrá vigencia mientras se mantenga la inoperabilidad de las cuentas corrientes, quedando obligado a informar al Organismo Fiscal la modificación de la situación que originare la excepción autorizada, dentro de los 3 días inmediatos siguientes al de quedar sin efecto la causa que produjere la aludida inoperabilidad.
b) Se invoque situaciones especiales que impidan el uso de cuentas corrientes bancarias, siempre que las mismas sean verificadas por los respectivos jefes jurisdiccionales y -a criterio de estos y con carácter de excepción-, justifiquen su admisión.
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