Recordatorio. Vigencia del régimen de reducción de contribuciones para empleados con hasta 80 trabajadores.

Se recuerda que el “Régimen de Promoción de la Contratación de Trabajo Registrado” previsto en Título II, Capítulo II de la Ley 26.940, consistente en una reducción de contribuciones patronales de la Seguridad Social para los empleadores que tengan hasta 80 trabajadores por el plazo de 24 meses contados a partir del inicio de una nueva relación laboral por tiempo indeterminado, finalizará su vigencia el 31/07/2017.



Ello significa que los empleadores que hayan incorporado -o incorporen, hasta esa fecha, inclusive- trabajadores con ese beneficio, gozarán del mismo durante el plazo de duración arriba indicado, mientras que no podrán incorporar trabajadores con el mismo desde el 01/08/2017, excepto, claro está que el Poder Ejecutivo decrete la prórroga de su vigencia.
No es aplicable lo antes expuesto al Régimen para Microempleadores, previsto en el Título II, Capítulo I de la misma ley, aplicable a empleadores que, por regla general tienen hasta cinco empleados siempre que no superen una facturación anual neta de IVA de $ 2.400.000 y del que están exceptuadas las sociedades anónimas, que continúa su vigencia, dado su carácter permanente.

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