El Decreto 638/2017 (B.O. 11/08/2017) ha prorrogado desde el 1° de agosto de 2017 y por el término de DOCE (12) meses el plazo de la vigencia del Régimen de Promoción del Empleo previsto en el Título II, Capítulo II de la Ley N° 26.940.
Se recuerda que éste régimen prevé un beneficio fiscal consistente en la reducción, durante 24 meses, de las contribuciones patronales de la Seguridad Social respecto de aquellos empleadores que tengan un plantel de hasta 80 trabajadores y que incrementen el contratado por tiempo indeterminado declarado en el periodo marzo de 2014.
En el caso de los empleadores con una dotación de personal de hasta quince (15) trabajadores, durante los primeros doce (12) meses de la relación laboral, no ingresan las citadas contribuciones y, por los segundos doce (12) meses, pagan el veinticinco por ciento (25%) de las mismas.
A su vez, para los empleadores que tengan entre dieciséis (16) y ochenta (80) trabajadores, el beneficio consiste en que durante los primeros veinticuatro (24) meses de la relación laboral se ingresa el cincuenta por ciento (50%) de las contribuciones citadas.
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> Contribuciones y aportes
> Parte VII: Rebaja de las contribuciones patronales
> Regímenes Especiales de Promoción del Trabajo Registrado Ley 26.940
> Régimen de Promoción de la Contratación de Trabajo Registrado
> Reglamentación de la Ley 26940.
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