Este domingo se celebraron las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), instancia para definir qué fuerzas y alianzas políticas y qué precandidatos podrán efectivamente disputar el 22 de octubre la renovación de bancas en Diputados o en el Senado.
¿Pero qué pasa si un elector no acudió a votar este domingo? ¿Podrá hacerlo en octubre cuando se defina efectivamente la nueva composición del Congreso de la Nación?
Sí, podrá, sin embargo deberá justificar la no emisión del voto en las PASO y en caso de no poder hacerlo deberá pagar una multa. Pero en ningún caso el no haber votado en las PASO, con o sin justificación, impide a un elector hacerlo en las legislativas.
¿Quiénes están exceptuados de votar?
No todos los argentinos en edad de votar están obligados a hacerlo. Por ejemplo los jueces y sus auxiliares que por disposición del Código Electoral deben asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial están exceptuados de votar.
Asimismo quienes el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde deben sufragar y justifiquen debidamente que tal distancia existió, debiendo para ello presentarse el día de la elección ante la autoridad policial más cercana también están exceptuados de su obligación. Deberán contar con la certificación escrita por la policía para evitar el pago de la multa.
Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto también están exceptuados. Los certificados deberán ser emitidos por los médicos del servicio de sanidad nacional y en su defecto, por médicos oficiales, provinciales o municipales, o incluso por médicos particulares.
Tampoco está obligado de votar el personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio.
Aquel elector que no haya emitido su voto por algunas de todas estas razones deberá presentarse ante la Secretaría Electoral correspondiente al distrito de su domicilio para justificar su abstención, con la documentación que acredite el motivo de la falta.
De no hacerlo será incluido en el registro de infractores al deber de votar y deberá pagar una multa por faltar a su obligación cívica.
El monto de la multa es $50 para quien no vote en las PASO y tampoco haya justificado la no emisión del voto. Si el elector infractor no vota en las elecciones generales y no justifica la no emisión del voto, el monto de la multa asciende a $100. Por lo tanto, aquellos electores que figuren como infractores con relación a ambos comicios, deberán pagar una multa de $150.
Para evitar colas: cómo justificar la no emisión del voto en internet
Quienes no vayan a votar este domingo en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) podrán justificar su no emisión de voto a través de internet y evitar así las largas filas en las comisarías.
Los argentinos que residen en el exterior también podrán hacer este trámite on line y así evitar ir a un consulado o la embajada.
A través de la página https://infractores.padron.gov.ar se podrá justificar las siguientes razones por las que no se votó:
- Distancia mayor a 500 km del lugar de votación o encontrarse fuera de la Argentina.
- Enfermedad
- Fuerza mayor (inundación - terremoto)
- Denuncia de fallecimiento
- Funciones electorales
Al ingresar al portal, hay que ingresar el motivo por el cual no se votó y la documentación que lo acredite. Puede ser un pasaporte sellado, un certificado médico, etc. Si el motivo es la distancia de más de 500 kilómetros, el interesado deberá ir a una comisaría a pedir un certificado que acredite la distancia del lugar de votación.
A las 48 horas del trámite, la Cámara Nacional Electoral enviará al correo electrónico la constancia del trámite.
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