La AFIP profundiza el control y desde hoy exige que todas las empresas le entreguen balance en PDF.

La medida apunta a obtener datos desagregados de la situación de las compañías al cierre de cada año fiscal y analizarlos para obtener conclusiones que permitan al fisco detectar a evasores del Impuesto a las Ganancias. Claves para cumplir la obligación y la opinión de los expertos.

Todos los años, las empresas deben cumplir con la obligación de presentar sus declaraciones juradas de Ganancias ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Esta información resulta clave para el fisco porque, a partir de ella, puede comparar la consistencia de los datos declarados con aquellos que tiene almacenados en sus bases de datos, contra liquidaciones de otros años y reportes provistos por terceros -por ejemplo, bancos, proveedores y organismos de recaudación-, entre otros, a los fines de detectar a los posibles evasores.


"Durante 2010, analizamos las declaraciones juradas en Ganancias y observamos que las empresas dedujeron más de $452.000 millones en conceptos no identificados, lo que representa el 30% de las ventas totales declaradas en el período 2009", afirmó el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.

En este escenario, las autoridades tributarias vuelven a la carga con una nueva avanzada para intentar desentrañar esos "conceptos no identificados" y, con este propósito, desde este jueves obligarán a las empresas que confeccionan balances y llevan sistemas contables -a los fines determinar y pagar Ganancias- a presentar en formato ".PDF" sus estados contables, memoria y el informe de auditoría respectivo.

Esta obligación ya no recae solamente sobre los grandes contribuyentes. Ahora se extiende a un universo mayor, que también incluye a empresas unipersonales y fideicomisos, se convierte en masiva y complementa así los datos que, en la actualidad obtiene del denominado "Informe para Fines Fiscales".

Concretamente, la medida se aplicará para los balances cerrados a partir del 31 de diciembre de 2010. A tal efecto, el envío de los archivos deberá realizarse vía web.

"Esta nueva herramienta permitirá verificar la consistencia entre la operatoria comercial, los flujos financieros y la situación fiscal de los contribuyentes", afirmó Echegaray.

Para los expertos consultados por iProfesional.com, se trata de un paso clave previo a una fiscalización, ya que los inspectores llegarán al domicilio de los contribuyentes contando con una suerte de "foto" de la situación que presentaban a la fecha de confeccionar sus estados contables, que sirven de base para preparar la liquidación del mencionado tributo.

Esto es así dado que permiten hacer comparaciones respecto de lo declarado el año anterior, analizar el detalle de sus activos, conocer sus deudas, sus pérdidas y ganancias, como así también le sirve al fisco como puntapié para investigar compras de divisas, inversiones y gastos no habituales, a partir de los saldos consignados.

Consultado por este medio, el tributarista Iván Sasovsky advirtió que "ésta es una medida que implica, claramente, un mayor control por parte de la AFIP".

Y esto es así, agregó, "porque el organismo tendrá acceso a información a un nivel de detalle que antes no poseía. Además, le servirá para cerciorarse de que la información suministrada por el contribuyente sea la definitiva".

"La obligación antes recaía sólo sobre los grandes contribuyentes y hoy es para todos. Además, para cumplir con esta nueva exigencia, será necesario usar clave fiscal", agregó el experto.

En tanto, Marcelo Domínguez, coordinador de la Comisión Tributaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), sostuvo que "las modificaciones introducidas permitirán a la AFIP efectuar cruces sistemáticos entre la información que surge del balance comercial, y los datos que el organismo de recaudación obtiene de terceros".

"Tal como ocurre en la actualidad, las inconsistencias que surjan de esos cruces, darán lugar a operativos de investigación y de fiscalización", advirtió el experto.

Sasovsky también destacó que "la declaración jurada de Ganancias se hace con el balance auditado por el Contador Público. Como las normas han cambiado, hoy en día, los estados contables abren rubros que antes se mantenían unidos".

De este modo, agregó, "antes, quien elaboraba la declaración jurada del impuesto transcribía los datos en el aplicativo", que se utiliza para confeccionar la liquidación. Sin embargo, remarcó, "a pesar de los cambios en materia contable de los últimos años, los aplicativos permanecieron iguales. Ésta es la razón por la cual incorporaron este requerimiento para el cálculo del Impuesto a las Ganancias".

Claves para presentar los balances en .PDF
La resolución general 3077, publicada recientemente en el Boletín Oficial, establece que las compañías deberán suministrar al fisco, mediante transferencia electrónica de datos, "la memoria, los estados contables y el informe de auditoría del período fiscal correspondiente en formato .pdf".

Asimismo, con respecto a la fecha de vencimiento que deberán tener en cuenta las empresas para cumplir con esta obligación, la norma establece que aquellas que cerraron ejercicio comercial el 31 de diciembre pasado, deberán enviar el archivo vía web entre este jueves y el miércoles próximo.

"La resolución general 3077 convierte en masiva la obligación y complementa la presentación del Informe para Fines Fiscales (formulario 760/C o 780), en el cual se deben consignar los datos de rúbrica, fecha y folio de los libros comerciales utilizados al cierre del período informado", aclaró desde Tributum.com.ar, el consultor impositivo Mario Goldman Rota.

Un punto a tener en cuenta es que existe una limitación tecnológica de 2 megabytes por archivo.

Al respecto, Rota detalló los pasos a seguir para crear el archivo en .PDF de modo de lograr que sea aceptado por el sistema de la AFIP:

Sacar fotocopia blanco y negro legible o utilizar los originales de los estados contables, informe de auditoría y memoria a presentar.

Al usar el scanner, seleccionar la opción "imagen en blanco y negro" para poder bajar el tamaño y la resolución del archivo. De elegir, la opción "foto en color", el .PDF superará el límite establecido por el fisco nacional.

Seleccionar la opción "guardar en formato en .PDF". En caso de que el scanner no posea dicha opción, deberá elegirse otro formato y luego convertirlo al solicitado.

Unificar en un solo archivo los estados contables, el informe de auditoría y la memoria a presentar ya escaneados.

El experto, además, destacó que en caso de incumplimiento en la presentación de los balances en formato .PDF, la reglamentación vigente establece una multa de hasta 2.500 pesos.

Qué otros datos exige la AFIP
Además del envío del balance, memoria e informe de auditoría, los contribuyentes deberán realizar una presentación informativa adicional que contendrá, entre otros datos, los siguientes:

Las inversiones realizadas.
Los gastos afrontados.
El portfolio societario.
La compra de dólares y su destino. 

En relación a los gastos afrontados, puntualmente la AFIP requiere que se desagreguen, entre otros, los montos vinculados con:

Servicios públicos.
Seguros.
Gastos de combustible.
Propaganda, publicidad y merchandising.
Viáticos, refrigerio y transporte.
Gastos médicos.
Sistema de seguridad y transporte de caudales.
Alquiler de inmuebles y/o autos afectados a directivos del exterior que se desempeñan en el país.
Diferencias de valuación.
Ajustes de precio realizados por la Aduana.
Cargas fiscales no deducibles.
Deducción por venta forzosa de hacienda.
Gastos de representación.

En lo que respecta al destino de los dólares adquiridos por las empresas, el organismo de recaudación obliga a abrirlo en las siguientes opciones:

Importaciones/exportaciones.
Capital.
Pagos.
Cheques de viajero.
Servicios.
Alquileres.
Pagos de financiaciones locales.
Comisiones.
Tenencia.
Derechos de autor.
Transferencia de negociaciones.
Devoluciones.
Fletes y pasajes.
Inversiones.
Pagos.
Patentes y marcas.
Préstamos.
Seguros.
Regalías.
Turismo o rentas.

"Con los balances y demás información certificada en la mano, el fisco nacional conocerá -sin mediar fiscalización, ni requerimiento alguno- la información contable y los folios y libros utilizados por el contribuyente en el período fiscal bajo análisis", señaló Rota.

Y concluyó: "Este mecanismo es útil a los fines de un futura y eventual fiscalización que se puede poner en marcha sin conocimiento ni información del contribuyente".

FUENTE: IProfesional

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