Para acceder a la reducción de las contribuciones patronales dispuesta por el Artículo 16 de la Ley 26.476, los empleadores que hubieran presentado las DDJJ (F. 931) correspondientes a los períodos devengados enero de 2011 y siguientes, identificando las nuevas relaciones laborales en el "SICOSS", con "Códigos de Modalidades de Contratación" distintos a los códigos 201, 202 ó 203, deberán rectificarlas.
También deberán modificar los códigos en el Sistema "Mi Simplificación II". La presentación de las DDJJ rectificativas y la modificación en "Mi Simplificación II", podrá efectuarse hasta la fecha de vencimiento para la presentación de la DDJJ correspondiente al período devengado junio de 2011
Fuente: AFIP
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