Trabajo agrario. Las bolsas de trabajo a cargo de las asociaciones sindicales.

Las Resoluciones MTEySS 336/2002 y 8/2002 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, recogiendo una antigua practica en la actividad, regulan la contratación de trabajadores rurales a través de bolsas de trabajo a cargo de asociaciones sindicales con personería gremial.


El Art. 1º de la Res. 336/02 establece su utilización obligatoria para la realización de tareas no permanentes o temporarias solo en aquellos casos en que expresamente lo establezca la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, facultándole a las entidades que nuclean a empleadores del sector rural para designar veedores ante las bolsas de trabajo.



Similar regulación disponen los Art. 68 a 71 de la ley 26.727 que establece el nuevo régimen de trabajo agrario y que entra en vigencia el 06/01/2012.


Actualmente, las actividades comprendidas son las siguientes:
- Manipulación y almacenamiento de cereales, carga y descarga de oleaginosas y fertilizantes (Art. 1º Res. CNTA 8/2002.
- Selección de maní sin transformación (Res. CNTA 1/2005). 


Fuera de los casos en que se prevé obligatoriamente la utilización de las bolsas de trabajo, la contratación es libre.

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