Cuando el contribuyente reemplace y venda un bien mueble amortizable o bienes inmuebles afectados como bienes de uso podrán optar por imputar la ganancia proveniente de la venta del bien al balance impositivo o afectar la ganancia al costo del nuevo bien con lo que la amortización se practicará sobre el costo reducido.
Caso práctico
Un contribuyente vende en el ejercicio cerrado el 31/12/2012 una maquinaria en $ 16.000 que fue comprada en junio de 2010 en $ 12.000.
A su vez, en el ejercicio fiscal 2013 compra una maquinaria para reemplazar a la anterior en $ 19.000, ejerciendo la opción de venta y reemplazo.
Propuesta de solución
Resultado de la venta de la maquinaria = Precio de Venta menos Valor residual impositivo
Resultado de la venta = Precio de venta menos (Costo de Adquisición – Amortizaciones acumuladas).
Vida útil estimada: 10 años
Resultado de la venta = 16.000 – (12.000 – (12.000 x 0,20)
Resultado de la venta = 16.000 – (12.000 – 2.400)
Resultado de la venta = 16.000 – 9.600
Resultado de la venta = 6.400
Amortización del nuevo bien = (Costo de adquisición – Resultado de la venta del bien reemplazado) x 0,10
Amortización del nuevo bien = (19.000 – 6.400) x 0,10 = 1.260
O sea, no se reconoce el resultado de la venta del bien y se disminuye el monto de la amortización en el bien nuevo.