Adquisición de moneda extranjera para atesoramiento.

Desarrollaremos a continuación la fórmula que aplica la AFIP para la validación de compra de moneda extranjera para atesoramiento por parte de las personas físicas.

La misma se conforma mediante parámetros cuantitativos según las disposiciones establecidas por el Banco Central de la República Argentina.



Se toman el veinte (20) por ciento de los ingresos mensuales declarados por las personas físicas. Por lo tanto, las situaciones que se presentan serían las siguientes:
a) Persona física relación de dependencia. 20% de la remuneración neta mensual (promedio de los últimos doce meses)
b) Persona física autónomo. 20% de los ingresos netos mensuales promedio, declarados en la última presentación
c) Persona física monotributista. 20% del monto máximo de facturación, para cada categoría, mensualizado

Monto mínimo de ingresos mensuales: $ 7.200,- (dos salarios mínimos, vitales y móviles)

Tope mensual de compras: U$S 2.000,- (Dos mil dólares estadounidenses)