Personal de Casas Particulares.

¿Quiénes se encuentran alcanzados por el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares?

Se encuentran alcanzadas las relaciones laborales que se entablen con los empleados y empleadas por el trabajo que presten en las casas particulares o en el ámbito de la vida familiar y que no importe para el empleador lucro o beneficio económico directo, cualquiera fuere la cantidad de horas diarias o de jornadas semanales en que sean ocupados para tales labores.

Por tal motivo, a partir de la vigencia de la Ley 26.844, las personas que no se encontraban incluidas en el artículo 1º del Decreto Ley 326/56 quedan comprendidas como empleados de casas particulares.

FUENTE: AFIP