¿Quiénes se encuentran alcanzados por el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares?
Se encuentran alcanzadas las relaciones laborales que se entablen con los empleados y empleadas por el trabajo que presten en las casas particulares o en el ámbito de la vida familiar y que no importe para el empleador lucro o beneficio económico directo, cualquiera fuere la cantidad de horas diarias o de jornadas semanales en que sean ocupados para tales labores.
Por tal motivo, a partir de la vigencia de la Ley 26.844, las personas que no se encontraban incluidas en el artículo 1º del Decreto Ley 326/56 quedan comprendidas como empleados de casas particulares.
FUENTE: AFIP