“Declaración en línea”. Se amplía su uso obligatorio.

La Resolución General AFIP 3758 (B.O. 06/04/2015) amplió el uso obligatorio de este sistema informático para la determinación de los aportes y contribuciones de la Seguridad Social.


Las pautas que se indican rigen a partir del 06/04/2014, respecto de las declaraciones juradas originales o rectificativas correspondientes al periodo devengado abril de 2015 y siguientes.

1) El aplicativo será de uso obligatorio para los empleadores que registren hasta 200 trabajadores inclusive en el periodo abril de 2015.  Si luego aumentan su dotación hasta 300 trabajadores inclusive, deberán continuar generando sus declaraciones juradas mediante el uso de ese sistema.

2) Su uso será optativo  para el empleador que tenga al momento del periodo de entrada en vigencia de la Resolución, es decir, abril de 2015, una dotación de entre 201 y 300 trabajadores. Si con posterioridad esa nomina desciende a 200 trabajadores (o menos, lógicamente), su uso será obligatorio.

3) No debe utilizar el sistema el empleador que tenga una dotación de más de 300 trabajadores en el periodo mensual que declara.