Impuesto a las ganancias. Principales modificaciones periodo fiscal 2017.

La ley 27346 estableció diversas modificaciones para la liquidación del impuesto a las ganancias para las personas humanas y sucesiones indivisas aplicables a partir del período fiscal 2017. Entre las principales modificaciones detallamos las que se mencionan a continuación:

Deducción personal de casas particulares 
Se incrementa la deducción al importe de la ganancia no imponible $51967 anuales



Empleados en relación de dependencia: horas extras.Exención. 
Se exime del impuesto a la diferencia entre el valor de la horas extras y el de las horas ordinarias que perciban trabajadores en relación de dependencia por los servicios prestados en días feriados, inhábiles, no laborales, fines de semana o días de descanso semanal calculados conforme a la legislación laboral correspondiente.

Escala del artículo 90 
No se deben considerar para determinar la ganancia neta para aplicar la escala del artículo 90 de la ley, los importes de las horas extras que son computables para el impuesto.

Compensaciones cuarta categoría 
Se confirma que son ganancias de la cuarta categoría las compensaciones en dinero y en especie y los viáticos que se abonen como adelanto o reintegro de gastos, por comisiones de servicios realizados fuera de la sede en donde prestan las tareas, que se perciban por el ejercicio de las actividades incluidas en el artículo 79 de la ley.

Deducción por alquileres 
Es posible deducir la erogación por alquileres de inmuebles destinados a su casa habitación hasta el límite de $51967, siempre y cuando el contribuyente no resulte de ningún inmueble cualquiera sea la proporción.
El locador debe emitir factura electrónica por los alquileres, excepto que sea un monotributista categoría A, B, C, D y E que puede optar por emitir factura manual.

Deducciones: ajustes de impuestos 
Las diferencias de tributos provenientes de ajustes y sus respectivos intereses, se computarán en el balance impositivo del ejercicio en el que los mismos resultan exigibles por parte del Fisco o en el que se paguen, según sea el método que corresponda utilizar para la imputación de los gastos.
Fuente: Ley 27346

Nuestra parte 
Se incrementa la información que la AFIP coloca a disposición de los contribuyentes en Nuestra Parte de vital importancia para consultar y utilizar en la confección de la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias.

Ganancias personas humanas 
Para los empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados y actores que cobran sus remuneraciones a través de la Asociación Argentina de Actores se reemplazó el servicio “Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas” por “Ganancias Personas Humanas” receptando los cambios dispuestos por la ley 27346
Fuente: RG AFIP 4079/2017

Flexibilidad de reducción de anticipos 
Se reduce de 180 a 45 días corridos el plazo que veda la posibilidad de solicitar una nueva reducción de anticipos, cuando exista una solicitud efectuada con anterioridad que se refiera al mismo impuesto y período.

Fuente: RG AFIP 4140/2017

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