Fecha de pago de la segunda cuota del sueldo anual complementario 2016.

El Art. 122 de la LCT dispone que la segunda cuota del sueldo anual complementario debe pagarse el 18 de diciembre.



Este año, esa fecha coincidirá con un día domingo, es decir un día no hábil. Es aplicable al caso lo previsto en el Art. 129 de la LCT, que en la parte pertinente a este comentario fija la siguiente directiva, “Si el día de pago coincidiera con un día en que no desarrolla actividad la empleadora, por tratarse de días sábado, domingo, feriado o no laborable, el pago se efectuará el día hábil inmediato posterior, dentro de las horas prefijadas”.

Es decir que el empleador tendrá plazo límite para pagar la segunda cuota del SAC correspondiente al año 2016 hasta el día 19 de diciembre.

No hay comentarios:

Publicar un comentario