Es un impuesto creado por la ley 23.905 y reglamentado por la AFIP mediante el dictado de la Resolución General 2.141/06 que grava las transferencias de inmuebles ubicados en el país, y recae sobre las personas físicas y sucesiones indivisas que no realizan como actividad comercial habitual la compra–venta de inmuebles.
Certificado de No Retención: deberá solicitarse a fin de evitar la retención, si el contribuyente está vendiendo su única vivienda y/o terreno para adquirir o construir -dentro del término de un año- una propiedad destinada a casa-habitación propia.
Obtención del Certificado de no Retención: Dependiendo de las condiciones de la operación, existen dos modalidades para obtener este Certificado:
1. Mediante el Régimen Simplificado
Se podrá hacer opción del Régimen Simplificado cuando:
El inmueble registre un único titular y su precio de transferencia sea igual o inferior a $120.000.
El inmueble posea como únicos titulares a uno o ambos componentes de una sociedad conyugal y el precio de transferencia sea igual o inferior a $120.000.
Es condición necesaria que ninguno de los cónyuges se encuentre inscripto en el Impuesto sobre los Bienes Personales. Cuando corresponda la emisión del certificado a nombre de la sociedad conyugal, no se eximirá a cada uno de sus componentes del cumplimiento efectivo de la adquisición del inmueble de reemplazo.
El inmueble se encuentre incorporado en la Declaración Jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al último período fiscal vencido y exigible, cualquiera sea su valor y en tanto se registre un único titular.
Quedan excluidos los inmuebles pertenecientes a uno o varios componentes de la sociedad conyugal, debiendo realizar el trámite mediante el Régimen General.
Procedimiento para su tramitación: Vía Internet, a través de la página web de AFIP, en el servicio “Transferencia de Inmuebles” ingresando con Clave Fiscal. Allí deberá utilizarse la opción denominada “Trámite Simplificado – Ley 23.905 art. 14”.
La opción indicada en el párrafo anterior podrá solicitarse en los Centros de Servicios de AFIP, o bien a través del Centro de Información Telefónica - 0800-999-2347 - de lunes a viernes, de 8 a 20 horas.
Datos que se le solicitarán al efectuar el llamado: Información personal - nombre y apellido, fecha de nacimiento.
Datos registrados en AFIP - por ejemplo, CUIT, impuestos en los que está inscripto el contribuyente, o si posee CUIL/CDI, la Obra Social.
Datos identificatorios del inmueble - Circunscripción, Sección, Manzana, Parcela -y la CUIT del escribano interviniente.
2. Mediante el Régimen General
Los certificados que no ingresen por el Régimen Simplificado podrán optar por:
a) Iniciar el trámite vía Internet, para lo cual se deberá ingresar a la página web de la AFIP, mediante Clave Fiscal, al servicio denominado “Transferencia de Inmuebles”. Allí se deberá utilizar la opción denominada “Reemplazo de Inmuebles – Precio mayor a $120.000 o más de un titular”. En este caso, una vez efectuado el trámite, deberá dirigirse a la Dependencia AFIP-DGI correspondiente, adjuntando la siguiente documentación:
Número de solicitud asignado.
Original y copia del documento de identidad. De realizarse el trámite para un tercero, además deberá acompañarse copia del poder que lo habilita.
Original o Copia Autenticada y copia de la escritura o boleto que otorgue posesión del inmueble a transferir.
En caso que la titularidad del inmueble pertenezca a una sociedad conyugal, se deberá adjuntar copia del acta de matrimonio o documento que acredite la relación conyugal.
Formulario 206/M o 206/I detallando la documentación que se acompaña.
b) Generando la presentación a través del programa aplicativo “AFIP-DGI- Transferencia de inmuebles V. 2.0”.
Presentar el archivo generado con este aplicativo, mediante Clave Fiscal, a través del servicio “Presentación de DDJJ y Pagos” y luego, ingresar al servicio “Transferencia de Inmuebles", para confirmar la presentación.
Posteriormente deberá dirigirse a la Dependencia AFIP-DGI que le corresponde y allí presentar la siguiente documentación:
Número de solicitud asignado.
Copia de los formularios emitidos por el aplicativo.
Acuse de recibo de la presentación vía "Internet".
Original y copia del documento de identidad. De realizarse el trámite para un tercero, además deberá acompañar copia del poder que lo habilita.
Original o Copia Autenticada y copia de la escritura o boleto que otorgue posesión del inmueble a transferir.
En caso que la titularidad del inmueble pertenezca a una sociedad conyugal, se deberá adjuntar copia del acta de matrimonio o documento que acredite la relación conyugal.
Formulario 206/M o 206/I detallando la documentación que se acompaña.
c) Iniciarlo a través del Centro de Información Telefónica - 0800-999-2347 - de lunes a viernes, de 8 a 20 hs. En este caso, una vez iniciado el trámite, deberá dirigirse a la Dependencia AFIP-DGI correspondiente adjuntando la siguiente documentación:
Número de solicitud asignado.
Original y copia de su documento de identidad. De realizarse el trámite para un tercero, además deberá acompañar copia del poder que lo habilita.
Original o Copia Autenticada y copia de la escritura o boleto que otorgue posesión del inmueble a transferir.
En caso que la titularidad del inmueble pertenezca a una sociedad conyugal, se deberá adjuntar copia del acta de matrimonio o documento que acredite la relación conyugal.
Formulario 206/M o 206/I detallando la documentación que se acompaña.
Datos que se le solicitarán al efectuar el llamado
Información personal - nombre y apellido, fecha de nacimiento -.
Datos registrados en AFIP, por ejemplo, CUIT: impuestos en los que está inscripto; o si posee CUIL/CDI la Obra Social.
Datos identificatorios del inmueble - Circunscripción, Sección, Manzana, Parcela - y la CUIT del escribano interviniente.
d) Iniciarlo a través de los Centros de Servicios de AFIP. En este caso, una vez iniciado el trámite, deberá dirigirse a la Dependencia AFIP-DGI correspondiente adjuntando la siguiente documentación:
Número de solicitud asignado
Original y copia de su documento de identidad. De realizarse el trámite para un tercero, además deberá acompañar copia del poder que lo habilita.
Original o Copia Autenticada y copia de la escritura o boleto que otorgue posesión del inmueble a transferir.
En caso que la titularidad del inmueble pertenezca a una sociedad conyugal, se deberá adjuntar copia del acta de matrimonio o documento que acredite la relación conyugal.
Formulario 206/M o 206/I detallando la documentación que se acompaña.
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