Ciudad de Buenos Aires. Régimen Simplificado. Recategorización.

Durante el mes de febrero comienza a vencer el plazo para la recategorización de los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad de Buenos Aires.


Se efectúa por semestre calendario en los meses de febrero y agosto.
Los ingresos brutos a considerar y la energía eléctrica consumida son los correspondientes a los últimos 12 meses a la finalización del semestre calendario. Concretamente para esta recategorización debemos tomar el período 1 de enero al 31 de diciembre de 2011.


La transferencia electrónica utilizando la Clave Ciudad, la presentación de la declaración jurada y el pago de la cuota de acuerdo con la nueva categoría se realizarán con el vencimiento de la primera cuota del siguiente semestre, de acuerdo con la terminación del número de la CUIT, CUIL o CDI, teniendo en cuenta el dígito verificador. O sea, el pago de la cuota del primer bimestre del año 2012 operará durante el mes de marzo próximo.



Excepciones a la recatagorización


• Que no ocurra un cambio de categoría
• Que no haya transcurrido un semestre calendario completo desde la fecha de iniciación de actividades


Intervalos incompletos


Respecto de la anualización de las bases imponibles y por los meses en los que no se hayan obtenido ingresos, se deberá tener en cuenta la mayor base imponible mensual devengada, la que se computarán tantas veces como meses que existan sin operaciones.
Se deben considerar siempre meses completos.

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