Ciudad de Buenos Aires. Ingresos brutos. SIRCREB. Saldos a favor. Procedimiento para solicitar su exclusión.
El SIRCREB es un Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias para posibilitar el cumplimiento de los regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en bancos.
El universo de Agentes de Recaudación son las entidades financieras regidas de acuerdo a las normas dictadas por el Banco Central de la República Argentina.
El SIRCREB fue aprobado por Resolución General 104/04 de la Comisión Arbitral.
Padrón de sujetos pasibles de retención
Todos aquellos contribuyentes que se encuadren en las normas vigente el Padrón de sujetos pasibles de retención se confecciona con una frecuencia mensual, y los contribuyentes que forman parte del mismo, ingresan con la alícuota correspondiente a la actividad de mayor ingreso según la declaración jurada presentada. En los Anexos de las normas vigentes se detallan los códigos de Actividad y las alícuotas aplicadas para cada una de ellas.
En el caso de los sujetos considerados de Alto Riesgo Fiscal ingresan al sistema con la alícuota mas alta vigente.
A fin de corroborar su situación los contribuyentes deberán ingresar a la pagina web www.sircreb.gov.ar. y luego acceder a la opción “MODULO DE CONTRIBUYENTES”.
La consulta devolverá los coeficientes de distribución o bien le informará que no está incluido en dicho padrón para el mes consultado.
La retención se efectúa a la CUIT del contribuyente que figura en el Padrón para ese período, teniendo presente que el sujeto puede ser titular o cotitular de una o más cuentas a la vista abiertas en las entidades financieras, y es este sujeto en cuestión quien debe deducirse las retenciones sufridas por el sistema, en sus declaraciones juradas en el anticipo correspondiente al mes en que le fueran efectuadas.
En el caso de los contribuyentes que revistan en el marco del Convenio Multilateral además podrán visualizar, como resultado de esta consulta el coeficiente de distribución correspondiente, a ese período, para cada jurisdicción.
Importante
Si el contribuyente no se encuentra incluido dentro del padrón del Sistema SIRCREB e igualmente está siendo objeto de retenciones bancarias, previo a realizar la consulta debe verificar alguna de las siguientes situaciones:
- que el débito sufrido esté identificado con la leyenda "Régimen Sistema SIRCREB": si no es así puede ocurrir que sea objeto de un régimen de acreditación bancaria local de una jurisdicción no adherida al Sistema.
- que alguno de los cotitulares de la cuenta objeto de la retención esté incluido en el padrón del Sistema y por ese motivo fue efectuado el débito.
Si la retención sufrida le produce saldos a favor en forma permanente, el contribuyentes puede interponer los reclamos que se indican a continuación
• Contribuyentes Locales y de Régimen Simplificado
Si en el Sistema aparece identificado como Contribuyente LOCAL de la Jurisdicción Capital Federal, para consultas o reclamos deberá enviar un e-mail a sircreblocales@agip.gov.ar , a fin de poder analizar cada caso y luego via este medio realizar la correspondiente respuesta.
• Contribuyentes de Convenio Multilateral
Las consultas y reclamos pueden realizarse a través de la dirección de correo electrónico sircreb@comarb.gov.ar, las cuales serán analizadas y evacuadas, a través de este medio, por los integrantes del Comité de Administración SIRCREB.
Todos los contribuyentes podrán adosar al e-mail documentación mediante archivo adjunto, un teléfono de contacto, como así también exponer sus dudas o informar la situación tributaria de cada sujeto.
Asimismo también pueden realizarse consultas en forma telefónica a los siguientes números:
- 0800-999-2727 Call Center.
- 4323-8600, 4323-8700, 4323-8800 internos 6240, 6241 o 6253.
En caso de ser necesario contactarse con el contribuyente, a fin de solicitarle documentación respaldatoria de su reclamo, se realizará a través del e-mail o del teléfono de contacto indicado.