La Resolución General AFIP 2252, Art. 5, reglamenta el Art. 9 de la Ley 24.241.
Establece que si el total de las remuneraciones devengadas en los distintos empleos durante el periodo mensual, exceden en conjunto el tope de la remuneración máxima imponible sujeta a aportes jubilatorios, el trabajador deberá informar mensualmente a uno o algunos de los empleadores el importe de remuneración bruta sobre el cual deberá abstenerse de retener los aportes con destino al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP), mediante la presentación de la nota cuyo modelo se consigna en el Anexo III de esa Resolución.
Si dejara de desarrollar dichas actividades simultáneas deberá comunicarlo al empleador mediante la nota que se dispone en el Anexo IV de aquella.