La incorporación a los salarios desde el periodo de noviembre de 2017 de la suma no remunerativa prevista en el acuerdo salarial aplicable a la actividad, ha incrementado la base para el cálculo de la contribución en comentario, que equivale al 0,50% del salario básico de la categoría "Maestranza A" y se ingresa, por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75.
Dado que ese salario profesional, a partir del periodo devengado noviembre de 2017 será de $ 17.938,64, la contribución en comentario por cada trabajador, ascenderá a $ 89,69.
No hay comentarios:
Publicar un comentario