Los monotributistas deberán cumplir con las obligaciones de pago mensual mediante alguna de las modalidades que se indican a continuación:
a) Transferencia electrónica de fondos (VEP)
b) Débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito
c) Débito en cuenta a través de cajeros automáticos
d) Débito directo en cuenta bancaria
e) Pago electrónico mediante la utilización de Tarjetas de Crédito y/o Débito.
f) Cualquier otro medio de pago electrónico admitido o regulado por el Banco Central de la República Argentina e implementado por esta Administración Federal.
Monotributistas exceptuados de cumplir sus obligaciones mediante la modalidades de pago electrónico
Se encuentran exceptuados de cumplir la obligación por medio de las modalidades de pago por transferencia electrónica de fondos, débito y/ó pago electrónico, los pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social, los asociados a cooperativas de trabajo y los adheridos al Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente.
Procedimiento realizar el pago mensual en efectivo
Se podrá abonar en efectivo, en entidades bancarias o lugares habilitados para el pago, mediante el formulario que para cada caso se detalla a continuación:
- Pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social, mediante F. 152
- Adheridos al Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, mediante F. 157
- Asociados a cooperativas de trabajo, mediante F. 152 ó F. 157 de estar adheridos al Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente.
Adhesión del pago del Monotributo al débito automático
Para obtener información sobre como abonar el Monotributo mediante débito automático el contribuyente deberá ingresar al sitio Web del Organismo Fiscal, en la sección IMPOSITIVA-->Monotributistas-->Pagos.
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