Actualización de montos de salario mínimo vital y móvil.

La Resolución 3/2018 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil ha fijado los nuevos montos de este rubro, conforme se expone:

a. A partir del 01/09/2018 será de PESOS DIEZ MIL SETECIENTOS ($ 10.700,00) para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el Art. 116 de la LCT con excepción de las situaciones de los Art. 92 ter y 198, primera parte, del mismo cuerpo legal, que lo percibirán en su debida proporción, y de PESOS CINCUENTA Y TRES CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 53,50) por hora, para los trabajadores jornalizados.



b. A partir del 01/12/2018 será de PESOS ONCE MIL TRECIENTOS ($ 11.300,00) para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el Art. 116 de la LCT, excepto las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198, primera parte, del mismo cuerpo legal, que lo percibirán en su debida proporción, y de PESOS CINCUENTA Y SEIS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 56,50) por hora, para los trabajadores jornalizados.

c. A partir del 01/03/2019 será de PESOS ONCE MIL NOVECIENTOS ($ 11.900,00) para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 de la LCT con excepción de las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198, primera parte, del mismo cuerpo legal, que lo percibirán en su debida proporción, y de PESOS CINCUENTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS($ 59,50.-) por hora, para los trabajadores jornalizados.

d. A partir del 1º de junio de 2019 será de PESOS DOCE MIL QUINIENTOS ($ 12.500,00)para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, con excepción de las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198, primera parte, del mismo cuerpo legal, que lo percibirán en su debida proporción, y de PESOS SESENTA Y DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 62,50.-) por hora, para los trabajadores jornalizados.

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