Empleados de Comercio. CCT 130/75. Tope indemnizatorio.

La Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones y Relaciones del Trabajo 95/2018, establece el tope indemnizatorio previsto en el Art. 245 de la LCT conforme al siguiente detalle:

Alcance: General

Fecha de entrada en vigenciaPromedio de remuneracionesTope indemnizatorio
01/07/2017$ 18.426,30$ 55.278,90
01/11/2017$ 20.101,42$ 60.304,28

Alcance: Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego

Fecha de entrada en vigenciaPromedio de remuneracionesTope indemnizatorio
01/07/2017$ 22.111,56$ 66.334,68
01/11/2017$ 24.121,70$ 72.365,10

Alcance: Río Negro y Neuquén

Fecha de entrada en vigenciaPromedio de remuneracionesTope indemnizatorio
01/07/2017$ 19.347,61$ 58.042,83
01/11/2017$ 21.106,49$ 63.319,47




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