Destacamos los siguientes puntos de la iniciativa sobre lavado de activos:
- El proyecto avalado por la Cámara baja impone la tipificación del lavado de activos como delito autónomo y elimina la restricción que une esa figura con el encubrimiento de acciones ejecutadas por terceros, algo que impide la persecución penal del comúnmente llamado “autolavado”;
- La iniciativa también contempla la suba de los montos de punibilidad del tipo penal a 300.000 pesos. Además, el que realice una maniobra de lavado inferior a 300.000 pesos, tendrá la misma pena que el encubrimiento;
- En cuanto a la UIF, el proyecto prevé la autonomía y autarquía financiera de la entidad. Para las designaciones, se deberán hacer concursos públicos en el ámbito del ministerio de Justicia de la Nación, y el Poder Ejecutivo podrá remover al presidente y vicepresidente de la UIF en caso que los mismos incurran en mal desempeño de sus funciones o en grave negligencia;
- Otro de los puntos destacados es que se prohíbe iniciar investigaciones de oficio -o a partir de los reportes automáticos- y, en el caso de la UIF, no podrá querellar, mientras que el plazo para presentar informes sobre operaciones sospechosas se extendió de 30 a 150 días corridos.
Fuente: Parlamentario.com
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