Diputado busca liberar la comercialización de dólares.

En medio de las repercusiones por el control de la AFIP, Julián Obiglio presentó un proyecto para prohibirle al Banco Central dictaminar normativas que condiciones la comercialización de divisas en el mercado cambiario. Para el diputado, la libertad de comerciar está garantizada por la Constitución.


El diputado nacional Julián Obiglio (Pro) presentó un proyecto de ley para modificar la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina y establecer la prohibición para esa entidad de “dictar normativas que de alguna manera limiten, condicionen, restrinjan o prohíban la compra y venta de cualquier tipo de divisas en el mercado cambiario”.



En los fundamentos del proyecto, Obiglio explica que luego de las medidas restrictivas adoptadas esta semana por el Gobierno nacional a través de la AFIP, quedaron en evidencia las contradicciones de la Carta Orgánica del BCRA con la propia Constitución Nacional.


El diputado resaltó que “el artículo 14 de la Constitución establece para todos los habitantes, el derecho de comerciar, usar y disponer de su propiedad. A su vez, en el artículo 28, establece que los principios, garantías y derechos reconocidos en los anteriores artículos (entre los cuales se encuentra el 14), no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio”.


Por su lado, Obligio señaló que la Carta Orgánica del Banco Central, según la ley 24.144 y decretos modificatorios, establece en su artículo 29 que dicho organismo deberá “dictar las normas reglamentarias del régimen de cambios y ejercer la fiscalización que su cumplimiento exija”.


Obiglio sostiene que “la libertad de comerciar que el artículo 14 de la Constitución Nacional garantiza no es de carácter restrictivo para algunos bienes y servicios, sino que vale para todos aquellos productos que legítimamente puedan ser comprados y vendidos por los residentes del país, inclusive monedas extrajeras”.


“No hay ninguna diferencia entre adquirir cien dólares o su equivalente en cualquier otra mercancía. ¿Cuál es el delito de comprar una moneda extranjera? ¿Cuál es la diferencia entre comprar dólares, euros o un televisor plasma, de los que promociona el Gobierno? ¿Bajo qué fundamentos podemos prohibirle a una persona que compre determinados bienes o monedas?”, cuestionó el diputado.


Así mismo, el proyecto de Obiglio contempla que cualquier restricción que sea necesaria hacer para la compra de divisas, sea una facultad reservada con exclusividad al Congreso de la Nación Argentina.


Fuente: Parlamentario.com

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