La Resolución SEPYME 154/18 (B.O 09/05/2018, vigente desde el 10/05/2018) prevé la actualización de los montos anuales de facturación de ventas por actividad que determinan el encuadre legal de la Pequeña y Mediana Empresa, conforme al siguiente detalle:
Actividad
Categoría | Construcción | Servicios | Comercio | Industria y Minería | Agropecuario |
452.800.000 | 328.900.000 | 1.140.300.000 | 966.300.000 | 289.300.00 |
También introduce una novedad.
Establece un límite de personal ocupado, también en función de la actividad de la empresa. El Anexo I.B) de la Resolución en comentario dispone que una empresa es PyME sino no supera la siguiente cantidad de trabajadores.
Actividad
Categoría | Construcción | Servicios | Comercio | Industria y Minería | Agropecuario |
590 | 535 | 345 | 655 | 215 |
De esta forna la Resolución en comentario modifica y complementa a la Resolución 340/2017 del mismo organismo, que reglamenta las pautas que deben considerarse para la determinación del concepto legal de Pequeña y Mediana Empresa.
Fuente: Arizmendi
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