Impuestos a las Ganancias sobre los Bienes Personales y a la Ganancia Mínima Presunta. Presentación de declaraciones juradas y adhesión al plan. Nuevos plazos.

La Resolución General AFIP 4.277/2018 prorroga la presentación de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta para las empresas o explotaciones unipersonales y para toda clase de sociedades constituidas en el país incluidas en el artículo 49, inciso b) de la ley del impuesto a las ganancias y para las personas humanas y sucesiones indivisas titulares de inmuebles rurales en relación con dichos inmuebles, cuyos cierres coincidan con el año calendario correspondiente al período fiscal 2017.

Las nuevas fechas de vencimiento son las que se detallan a continuación:


Terminación
CUIT
Fecha de pago (*)Fecha de presentación
0, 1, 2 y 3Hasta el 12/6/2018, inclusiveHasta el 25/7/2018, inclusive
4, 5 y 6Hasta el 13/6/2018, inclusiveHasta el 26/7/2018, inclusive
7, 8 y 9Hasta el 14/6/2018, inclusiveHasta el 27/7/2018, inclusive

Se prorroga al día 31 de julio de 2018 la opción para adherirse acogerse al plan de facilidades de pago dispuesto por la Resolución General AFIP 4057-E- para cancelar los saldos resultantes de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales correspondiente al período fiscal 2017.

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